Incapacidad

En Lealtis Abogados ponemos a su disposición profesionales especializados en el derecho familiar.

Si usted o alguien cercano no puede desarrollar de manera normal su actividad profesional, ya sea como consecuencia de una enfermedad o por un accidente. Lo primero que debe hacer es contactar con un abogado experto en la materia para que le indique si puede solicitar una incapacidad, y qué tipo de incapacidad se ajusta más a sus circunstancias y necesidades.

Grados de incapacidades

Incapacidad temporal o baja por enfermedad. Se da cuando el trabajador está impedido para realizar su actividad profesional de manera temporal. Cuando desaparece la causa, recibe el alta médica y se reincorpora a su trabajo.
Tipos:

  1. Enfermedad común

  2. Accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Incapacidad permanente. Situación laboral del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No impedirá tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo.
Tipos:

  1. Invalidez Parcial. Se trata de una minusvalía no inferior al 33% que no impide desarrollar las tareas normales de la profesión habitual. Actualmente, la prestación consiste en una indemnización correspondiente a 24 mensualidades de su base reguladora.

  2. Invalidez Total. Trata de una minusvalía que inhabilita al trabajador para desarrollar las tareas normales de su profesión, a pesar de que le permite realizar otra distinta. Es una pensión vitalicia calculada en el 55% de la base reguladora.

  3. Invalidez Absoluta .Es la minusvalía que inhabilita al trabajador para desarrollar cualquier profesión u oficio, aunque le permite desarrollar actividades compatibles con su estado. Actualmente: la prestación consiste en una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora.

  4. Gran Invalidez. Es aquella minusvalía en la que el pensionista, necesita la ayuda de terceras personas para realizar los actos más cotidianos y esenciales de la vida. Actualmente: la prestación consiste en el 150 % de la base reguladora.

Si desea solicitar una cita para que le asesoremos sobre incapacidades o la solicitud de pensión de incapacidad, puede contactar con nosotros en el teléfono 965218667 o escribirnos a través del siguiente formulario.

    He leído y entiendo los términos de uso.



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